20:25 (28 Oct)- La Cámara alta ratificó esta tarde, por 28 votos a favor y 9 en contra, el decreto 527/05 del ex presidente Néstor Kirchner, por el cual se prorrogan las licencias a los medios de comunicación por el término de diez años. "Esto no es incompatible con la ley de servicios audiovisuales o con el artículo 161, no colisionan. Las empresas van a tener la vigencia de este decreto y la fortaleza de negociar mejor, sobre todo aquellas que tengan que desinvertir; es un elemento a favor", señaló el titular de la bancada oficialista en el Senado, Miguel Ángel Pichetto. Muchos ven en esta iniciativa una jugada anticipada por parte del oficialismo, que con la recientemente sancionada ley de Servicios de Comunicación Audiovisual avizora una catarata de juicios.
El texto del decreto 527/05 señala:
Artículo 1º - Suspéndanse por el plazo de DIEZ (10) años los términos que
estuvieren transcurriendo de las licencias de servicios de radiodifusión o sus
prórrogas previstos en el artículo 41 de la Ley Nº 22.285 y sus modificatorias. Los términos
se reanudarán automáticamente vencido el plazo de suspensión antes citado.
Art. 2º - En ningún caso la suspensión dispuesta en el artículo 1º impedirá la
aplicación del régimen sancionatorio contemplado en la Ley de Radiodifusión.
Art. 3º - Determínase que durante el plazo de DOS (2) años a partir de la
vigencia del presente, cada licenciatario de servicios de radiodifusión deberá
elevar al COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION para su aprobación un espacio de
programación que contribuya a la defensa de la cultura nacional y a la
educación de la población. Asimismo, en dicho plazo, cada licenciatario deberá presentar
ante el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION, para su aprobación, un plan que prevea
la incorporación de nueva tecnología, como la digital, que implique mejora e
innovación en los servicios que presta.
Art. 4º - Las disposiciones del presente regirán desde la fecha de su
publicación en el Boletín Oficial.
Art. 5º - Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, en virtud de lo
dispuesto. por el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional.
Art. 6º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. - KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Aníbal
D. Fernández. - Alicia M. Kirchner. - Ginés M. González García. - Roberto
Lavagna. - José J. B. Pampuro. - Carlos A. Tomada. - Daniel F. Filmus. -
Horacio D. Rosatti
FUENTE: Noticias del Congreso Nacional
Links:
[1] http://www.enciclomedios.com/node/9645